Tentativa de homicidio e incendio

David Macias Gonzalez—
La STS 10/2026 confirma condena por tentativa de homicidio e incendio cometido por el marido al prender fuego al sofá ubicado junto al dormitorio de la mujerResumen
La sentencia del Tribunal Supremo 10/2026 confirma condena por homicidio en tentativa (art. 138 CP) en concurso medial con incendio sin peligro para la vida (art. 351.2 CP), agravante de parentesco y atenuante de embriaguez, a 5 años y 1 día de prisión, alejamiento de 6 años y RC de 3.200 €.
La sentencia aborda la valoración de la prueba, la intencionalidad del acusado, la relación causal entre la acción y el resultado mortal, y la correcta subsunción jurídica de los hechos a la hora de confirmar la condena.
Antecedentes: Condena por tentativa de homicidio e incendio
De los hechos declarados probados se desprende que el acusado provocó intencionadamente un incendio en un inmueble, siendo plenamente consciente de que en su interior se encontraba la víctima.
Como consecuencia directa del incendio, la víctima falleció, bien por la acción del fuego, bien por la inhalación de humos tóxicos derivados del mismo.
La Audiencia Provincial consideró acreditado que:
- El incendio fue doloso.
- El acusado conocía la presencia de la víctima.
- Existía una relación directa de causalidad entre la acción incendiaria y el resultado mortal.
Por ello, fue condenado como autor de un delito de homicidio, en concurso con un delito de incendio.
Argumentos del recurso: No había ánimo homicida.
La defensa, en síntesis, sostuvo:
1. Que no había quedado acreditado el ánimo homicida, sino únicamente la intención de causar un incendio.
2. Que el fallecimiento no podía imputarse directamente a la conducta del acusado.
3. Que la valoración probatoria había sido arbitraria y vulneradora del derecho a la presunción de inocencia.
4. Que, en todo caso, la calificación jurídica era incorrecta y que el incendio había sido de menor entidad.
Solicitaba, por ello, la revocación de la condena o una recalificación más favorable.
Conclusión del Tribunal Supremo: Confirma la condena por tentativa de homicidio en concurso medial con el delito de incendio.
El Tribunal Supremo desestima el recurso y confirma la condena.
El Tribunal considera que la casación no es una tercera instancia y que la prueba ha sido razonablemente apreciada al apoyarse en prueba pericial y testifical y realizar inferencias lógicas y coherentes.
También considera que el acusado actuó con dolo homicida porque provocó el incendio de forma consciente y voluntaria y se representó (dolo eventual) el riesgo de causar la muerte al incendiar el sofá que estaba junto a la habitación dónde dormía la víctima a sabiendas de que ella estaba allí. Es decir, el condenado se representó y aceptó el resultado mortal.
El Tribunal además condena por delito de tentativa de homicidio en concurso ideal con incendio sin peligro para las personas (y no en concurso de leyes) al entender que la tentativa no absorbe en este caso el total desvalor de la acción. Además, condena por incendio sin peligro para las personas del 351.2CP lo que es equiparable a un delito de daños. Se trata de dos bienes jurídicos distintos y dos conductas penalmente relevantes.
Trascendencia jurídica de la sentencia: Dolo eventual
Esta resolución es especialmente relevante porque:
- Confirma la concurrencia de dolo eventual en homicidios por incendio doméstico: conocimiento riesgo concreto + asunción (indicios: amenazas, medio idóneo, conducta agresiva).
- Afirma la existencia de actos ejecutivos en tentativa: inicio peligro inmediato (no requiere consumación parcial tipo); criterio mixto (plan autor + inmediatez espacio-temporal).
- Concreta el alcance del incendio sin peligro para vida: basta ignición real con potencial propagación (gasolina basta, pese autoextinción).
- Limita la valoración de la prueba en casación cuando ya ha habido una doble instancia: no revalúa prueba; verifica racionalidad apelación; función nomofiláctica/seguridad jurídica.
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¡Gracias por leer y hasta el próximo #martesdepenal!
Sobre el abogado penalista David Macias
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Mi nombre es David Macías y como abogado penalista especializado en asesorar a empresas y particulares, puedo ayudarte en la acusación o defensa en diferentes delitos.
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